Delito de Estafa
Concepto de Estafa
El delito de estafa es uno de los que con más habitualidad se dan en el tráfico jurídico de un despacho de Abogados Penalistas. Como en todos los delitos, el Código Penal establece, lo que se denomina un tipo básico, que coincide con el concepto básico de la estafa y su castigo de menor entidad.
El delito de Estafa en el Código Penal
El tipo básico de delito de estafa se regula en el artículo 248 del Código Penal.
1. Cometen estafa los que, con ánimo de lucro, utilizaren engaño bastante para producir error en otro, induciéndolo a realizar un acto de disposición en perjuicio propio o ajeno.
2. También se consideran reos de estafa:
a) Los que, con ánimo de lucro y valiéndose de alguna manipulación informática o artificio semejante, consigan una transferencia no consentida de cualquier activo patrimonial en perjuicio de otro.
b) Los que fabricaren, introdujeren, poseyeren o facilitaren programas informáticos específicamente destinados a la comisión de las estafas previstas en este artículo.
c) Los que utilizando tarjetas de crédito o débito, o cheques de viaje, o los datos obrantes en cualquiera de ellos, realicen operaciones de cualquier clase en perjuicio de su titular o de un tercero.
Pena de Cárcel por delito de Estafa
El tipo básico establece, en el artículo 250 del Código Penal una condena de prisión que va de los 6 meses a 3 años de Cárcel.
Son muchas las personas que se acerca nuestro despacho de abogados penalistas, tratando de obtener información, sobre el delito de estafa. Y cada vez más habitualmente, en relación con estafas que se ha sufrido por internet.
Si por una circunstancia u otra, hemos sido víctimas de una estafa, nuestro consejo es que se ponga mano de nuestros abogados penalistas.
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Contactar con uno de nuestros abogados
No bastante lo anterior, lo primero que que hacer es, sentarse y escribir, todos y cada uno de los detalles que han influido el hecho de ser estafado. Es muy importante tomar nota de todos los datos posibles en relación a la estafa. Tales como la dirección de Internet, nombre, número de teléfono, página web. Todos los detalles que por pequeños que parezca pueda servir para detener al estafador.
delito de estafa
Es muy probable que el estafador, o estafadores probablemente tenga mucha más experiencia, a la hora de cometer estafas. Que la propia persona estafada, y así evitar poder ser denunciada por un delito de estafa, incluso que la investigación tenga frutos. Debemos tener en cuenta que la estafa, es un delito, y que como tal estamos en la obligación de denunciar.
Es un consejo esencial, que siempre comentamos con los clientes que antes de presentar una denuncia, se pongan en contacto con nuestros abogados penalistas. La razón es sencilla, denunciar es sencillo, pero nuestros abogados penalistas, son expertos en la presentación de este tipo de documentos ante la policía o ante el juzgado.
Y qué duda cabe que, es más sencillo y fácil que sea admitir a trámite una denuncia por un delito de estafa si esta, está formulada y redactada por un abogado penalista. El hecho de que sea el abogado penalista que redacte la denuncia por delito de estafa aumentan las posibilidades de que esto no sea archivada y de que el proceso vaya directamente contra el estafador.
Existen muchos casos en los que la estafa es de tan pequeña cuantía que la persona estafada rehúsa ir a presentar una denuncia, pero desde aquí queremos hacer un llamamiento a todas esas personas que formular una denuncia toda vez que la presentación de muchas denuncias por importe pequeño puede llevar aparejado un proceso penal grave para el presunto estafador.
Ante la posible existencia de un delito estafa, póngase en contacto con nuestros abogados penalistas, Y le informaran de todos los detalles que deben de saber para conseguir el éxito es una denuncia.
Tipo agravado del delito de estafa
Establece el artículo 250 del Código Penal que:
1. El delito de estafa será castigado con las penas de prisión de uno a seis años y multa de seis a doce meses, cuando:
1.º Recaiga sobre cosas de primera necesidad, viviendas u otros bienes de reconocida utilidad social.
2.º Se perpetre abusando de firma de otro, o sustrayendo, ocultando o inutilizando, en todo o en parte, algún proceso, expediente, protocolo o documento público u oficial de cualquier clase.
3.º Recaiga sobre bienes que integren el patrimonio artístico, histórico, cultural o científico.
4.º Revista especial gravedad, atendiendo a la entidad del perjuicio y a la situación económica en que deje a la víctima o a su familia.
5.º El valor de la defraudación supere los 50.000 euros, o afecte a un elevado número de personas.
6.º Se cometa con abuso de las relaciones personales existentes entre víctima y defraudador, o aproveche éste su credibilidad empresarial o profesional.
7.º Se cometa estafa procesal. Incurren en la misma los que, en un procedimiento judicial de cualquier clase, manipularen las pruebas en que pretendieran fundar sus alegaciones o emplearen otro fraude procesal análogo, provocando error en el juez o tribunal y llevándole a dictar una resolución que perjudique los intereses económicos de la otra parte o de un tercero.
8.º Al delinquir el culpable hubiera sido condenado ejecutoriamente al menos por tres delitos comprendidos en este Capítulo. No se tendrán en cuenta antecedentes cancelados o que debieran serlo.
2. Si concurrieran las circunstancias incluidas en los numerales 4.º, 5.º, 6.º o 7.º con la del numeral 1.º del apartado anterior, se impondrán las penas de prisión de cuatro a ocho años y multa de doce a veinticuatro meses. La misma pena se impondrá cuando el valor de la defraudación supere los 250.000 euros. Son muchas las Sentencias de condena por delito de estafa grave.
Pena de Prisión por delito de estafa agravada
La Pena de cárcel por delito de estafa agravada va de 1 año de prisión a los seis años de prisión.