Calificación Rebajada de Asesinato a Homicidio Imprudente: Nuestro Cliente Evita la Prisión

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La Sección 2.ª de la Audiencia Provincial de Málaga aceptó la tesis de RINBER Abogados, excluyó la alevosia y el dolo directo de matar, y rebajó la calificación a homicidio imprudente con pena suspendida.

Nuestro cliente fue acusado de asesinato con alevosia tras el fallecimiento de una persona en el contexto de una discusión. El Ministerio Fiscal solicitaba quince años de prisión. La acusación particular se adhirió a dicha calificación. La discusión previa había sido presenciada por testigos, lo que constituyó el eje de nuestra estrategia de defensa.

La defensa

Javier Rincón Bernal construyó la defensa atacando los dos elementos que fundamentaban la calificación de asesinato:

  • Inexistencia de alevosia: La discusión previa fue presenciada por testigos. No existió la situación de indefensión que exige el art. 139.1.1.ª CP; la víctima tenía plena capacidad de repeler o huir de la agresión.
  • Ausencia de dolo de matar: El mecanismo lesivo y las circunstancias del lugar acreditaban que la intención no fue causar la muerte sino lesionar. Se aportó informe pericial médico-forense independiente que así lo confirmaba.
  • Calificación alternativa: Se solicitó subsidiariamente la aplicación del art. 142 CP (homicidio imprudente grave), compatible con la suspensión de la condena al no superar los dos años de prisión.

El resultado

El tribunal descartó la alevosia y el dolo directo de matar y condenó por homicidio imprudente grave del art. 142 CP. La pena resultante permitió aplicar la suspensión de la ejecución. Nuestro cliente no ingresó en prisión, pasando de enfrentarse a 15 años de cárcel a quedar en libertad con condena suspendida.

¿Enfrentas una acusación de homicidio o asesinato?

La calificación del delito determina años de prisión. RINBER Abogados ha conseguido en numerosas ocasiones reducir calificaciones graves ante las Audiencias Provinciales andaluzas.

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