El expediente judicial que vamos a comentar dentro de nuestro grupo de publicaciones conocida como casos de éxito se trata de la defensa de dos jóvenes que son detenidos en una provincia de Extremadura con una furgoneta cargada con 180 kilos de marihuana.
Sus familiares contactan con nuestros abogados especialistas en delitos contra la salud pública para que nos hiciéramos cargo de su defensa desde el mismo momento de la detención.
La primera medida que tomamos, nada más llegar al juzgado de instrucción de la localidad en cuestión, fue solicitar que ambos fueran vistos por el médico forense, y se le tomará muestras al efecto de acreditar su drogodependencia. Este aspecto es esencial no solo para ejercitar la defensa sino a los efectos de la eventual solicitud de la pena privativa de libertad que le pueda ser impuesta y de otro lado, la obtención del tercer grado penitenciario.
En segundo término, decidimos en interés de los clientes, que se acogieron a su derecho a no prestar declaración pues no éramos conocedores de la realidad que les había llevado a cometer ese hecho delictivo y de otro lado tampoco sabíamos si ellos formaban parte o no de una banda organizada. El fiscal, en el propio juzgado de instrucción, solicitó la vista de situación personal que se regula en el artículo 505 de la ley de enjuiciamiento Criminal, se interesó la prisión provisional de ambos clientes.
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Fundamentalmente los aspectos que jugaban en nuestra contra era la notoria importancia y, según el ministerio fiscal, el riesgo de fuga. Ciertamente nosotros nos opusimos a esta medida y sin embargo el juez de instrucción, como suele pasar, decidió mandar a los jóvenes a prisión provisional comunicada y sin fianza.

Los abogados especialistas en tráfico de droga de la firma, de manera inmediata nos pusimos a trabajar con los familiares para que editar, que ambos tenían una labor diaria centrada. Uno de ellos era estudiante de un grado de formación profesional y el otro, era estudiante universitario. En ambos casos, contaban con domicilio conocido y familia estructurada.
Apenas 15 días después de recurrir el auto de prisión provisional del juez de instrucción, el juez tuvo en cuenta no solo estos aspectos sino también otros que pusimos de manifiesto Y concedió ambos investigados la libertad provisional confianza de 5000 € cada uno de ellos para acceder a este beneficio. El mérito de conseguir la libertad provisional, estriba en que pese ambos investigados tuvieran una dedicación, domicilio conocido y familia estructurada, estábamos ante una eventual acusación por un delito de tráfico de marihuana con la agravante de notoria importancia al hablar de una furgoneta cargada con 180 kilos de marihuana.
Meses después de conseguir la libertad provisional para nuestros clientes y terminada la instrucción nos encontramos con un escrito de acusación del ministerio fiscal interesando auto de apertura de juicio oral, pidiendo cinco años de prisión para cada uno de nuestros clientes. Como es lógico y natural, presentamos nuestro escrito de defensa y nuestra decisión, pactada con nuestros clientes y con sus familiares fue la de ir a juicio y defender la legalidad que entendíamos procedía. No debemos olvidar que el delito de tráfico de drogas, en este caso de sustancia que no causa grave daño, aun siendo de aplicación la agravante de notoria importancia no podía ser castigada por una acusación tan grave y es por ello que entendimos necesario ir a juicio.
Tras preparar a nuestros clientes para la celebración de la vista del juicio acudimos al juzgado de lo penal y tras la vista recibimos una condena de tres años de prisión, abogados especialistas en delito contra la salud pública. En el procedimiento que se abre tras el dictado de la sentencia, que se llama ejecutoria, nuestros abogados especialistas en tráfico de drogas, interesaron la suspensión de la pena privativa de libertad de tres años impuesta obedeciendo aquellos informes que solicitamos el día de su detención en el juzgado de instrucción. Así las cosas, el ministerio fiscal no tuvo más remedio que aceptar esta situación, y el juez de lo penal accedió a la suspensión de la pena de cárcel de tres años impuestas a cada uno de nuestros clientes con la única obligatoriedad de que ambos clientes se sometieran a un tratamiento para desintoxicarse de las drogas, como no puede ser de otra manera, la pena privativa de libertad de tres años que se les impuso quedaba suspendida durante el periodo de cinco años en donde los clientes no deberán delinquir.
Sobra decir que gracias a la pericia de nuestros abogados especialistas en delitos contra la salud pública, nuestros clientes, después de ser sorprendidos en una furgoneta cargada con 180 kilos de marihuana, apenas estuvieron 20 días en prisión. De no ser así, Y no haber actuado unos abogados expertos en delitos de tráfico de drogas no solo la condena hubiera sido mucho más alta de los tres años que nosotros conseguimos sino que el tiempo que los clientes hubieran estado en prisión subiera prolongado durante años.
En los expedientes penales, la diferencia está en la experiencia de los letrados que te defienden y en el conocimientos que estos tienen de la ley para conseguir que el castigo sea lo más reducido posible. Una mala decisión en cuanto a la contratación de un abogado para un ASUNTO PENAL puede reportar un número de años de cárcel absolutamente desproporcionado.
En el caso que hoy os hemos explicado, la acusación del fiscal, recordemos, era de cinco años. Eso quiere decir que de no haber conseguido el éxito que os estamos contando, los clientes habrían estado casi dos años hasta conseguir el primer permiso penitenciario, siempre que la junta de tratamiento hubiese entendido que el comportamiento aquí la actitud de nuestros clientes hubiera sido más que positivo. De otro lado con la actuación de nuestros abogados penalistas los clientes, repito, estuvieron apenas unos días en prisión provisional.
Como podemos comprobar, la diferencia está en el resultado. Una condena menor conlleva unas posibilidades reales de no ingresar en prisión. Contar con expertos penalistas para la defensa de sus intereses ES CAPITAL