Abogado Estafa en España — Defensa Penal

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La estafa es uno de los delitos más frecuentes en España y también uno en los que más variantes jurídicas existen. Si usted ha sido víctima de una estafa o está siendo acusado de cometerla, RINBER Abogados tiene 25 años de experiencia ejerciendo tanto la defensa del acusado como la acusación particular de la víctima. Llame al 627 467 043.

Respuesta rápida

La estafa (art. 248 CP) exige engaño bastante, error en la víctima, acto de disposición patrimonial y perjuicio económico. Las penas van de 6 meses a 8 años según la cuantía. La distincción entre incumplimiento contractual y dolo engañoso es el eje central de la defensa.

¿Qué es la estafa? Definición y elementos del tipo

El delito de estafa está regulado en el artículo 248 del Código Penal. Para que exista estafa deben concurrir los siguientes elementos:

  1. Engaño bastante: una maniobra engañosa suficientemente idónea para inducir al error a una persona media.
  2. Error del sujeto pasivo: la víctima actúa convencida de una realidad falsa creada por el estafador.
  3. Acto de disposición patrimonial: la víctima entrega bienes o dinero como consecuencia del engaño.
  4. Ánimo de lucro: el autor actúa con la intención de obtener un beneficio económico.
  5. Perjuicio patrimonial: la víctima sufre una pérdida real en su patrimonio.

Tipos de estafa más frecuentes

Estafa básica (art. 248 CP)

Pena de 6 meses a 3 años de prisión. Se aplica cuando no concurren las circunstancias agravantes del artículo 250.

Estafa agravada (art. 250 CP)

Pena de 1 a 6 años de prisión cuando concurren circunstancias como: cuantía superior a 50.000 euros, especial gravedad atendida la entidad del perjuicio, abuso de relaciones personales o de credibilidad profesional, o cuando la víctima es especialmente vulnerable. Si además la cuantía supera los 250.000 euros, la pena sube a prisión de 4 a 8 años.

Estafa informática (art. 248.2 CP)

Manipulación de datos informáticos o sistemas de procesamiento para obtener una transferencia no consentida de activos patrimoniales. Incluye el phishing, los fraudes con tarjeta de crédito, los fraudes de inversión en criptomonedas y las estafas en plataformas de comercio electrónico.

Estafa inmobiliaria

Venta de inmuebles que no existen, venta del mismo inmueble a varios compradores, o cobro de cantidades a cuenta de obra nueva que no llega a construirse. Suelen calificarse como estafa agravada por la cuantía y el abuso de credibilidad profesional.

Estafa procesal (art. 250.1.7 CP)

Manipulación del procedimiento judicial para inducir al juez a dictar una resolución injusta con perjuicio para la otra parte. La pena es de 1 a 6 años.

Defensa ante una acusación de estafa

Las líneas de defensa más sólidas en casos de estafa son:

  • Ausencia de engaño bastante: si la información era verificable por la víctima con una diligencia mínima, puede argumentarse que el engaño no era suficientemente idóneo.
  • Falta de dolo: si el acusado creía genuinamente en la veracidad de sus afirmaciones, no existe intención fraudulenta.
  • Cuestión civil, no penal: cuando el conflicto se origina en un incumplimiento contractual y no en un engaño previo, la vía adecuada es la civil, no la penal.
  • Prescripción: el delito básico prescribe a los 5 años; el agravado (pena máxima superior a 5 años) prescribe a los 10 años.

Acusación particular: recuperar el dinero estafado

Si usted ha sido víctima de una estafa, RINBER le representa como acusación particular para conseguir la condena del estafador y la indemnización íntegra de los daños sufridos. La acusación particular activa puede ser decisiva para que el juzgado adopte medidas cautelares de embargo de bienes del acusado que garanticen el pago de la indemnización.

Preguntas frecuentes sobre estafa

¿Cuándo es delito y cuándo es solo incumplimiento de contrato?

La diferencia clave es el momento del engaño. Si el engaño fue previo o coetáneo a la entrega del dinero o bien — es decir, el acusado nunca tuvo intención de cumplir — hay estafa penal. Si el incumplimiento se produce después de una relación contractual iniciada de buena fe, es un asunto civil.

¿Cuánto tiempo tengo para denunciar una estafa?

El delito de estafa básica prescribe a los 5 años desde que se cometió. La estafa agravada (pena máxima superior a 5 años) prescribe a los 10 años. Además, en los delitos semipúblicos, la víctima debe presentar denuncia para que se inicie el procedimiento penal.

¿Puedo recuperar el dinero si el estafador es condenado?

La sentencia condenatoria fijará una indemnización a favor de la víctima. El problema práctico es que muchos estafadores han ocultado o dilapidado el dinero. Por ello es fundamental solicitar embargos preventivos durante la instrucción para asegurar el pago futuro.

¿Víctima de estafa o acusado de este delito? Llame ahora al 627 467 043. RINBER Abogados — experiencia en ambos lados de la estafa.

Consulte también: Preguntas sobre Estafa.

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