Abogado Delitos Económicos en España — Defensa Penal

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Los delitos económicos — fraude fiscal, estafa, blanqueo de capitales, apropiación indebida, insolvencia punible — son algunos de los que más duramente sanciona el Código Penal español, con penas que pueden alcanzar los 10 años de prisión. Su defensa exige abogados penalistas con conocimiento profundo del derecho económico y experiencia ante la Audiencia Nacional. RINBER Abogados es referencia nacional en la defensa de delitos económicos complejos. Llame al 627 467 043.

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Los delitos económicos —fraude fiscal, estafa, blanqueo de capitales, apropiación indebida, insolvencia punible— conllevan penas de 1 a 9 años y multas cuantiosas. Las investigaciones son largas y técnicamente complejas. La defensa especializada desde la fase de instrucción es determinante para el resultado.

¿Qué son los delitos económicos?

Los delitos económicos o patrimoniales son aquellas infracciones penales que afectan al patrimonio, al orden socioeconómico o a la Hacienda Pública. Están regulados en los Títulos XII, XIII y XIV del Código Penal e incluyen tanto conductas que perjudican a víctimas concretas (estafa, apropiación indebida, robo) como conductas que dañan el interés general (fraude fiscal, blanqueo de capitales, corrupción). En muchos casos, una misma conducta puede constituir simultáneamente varios delitos económicos.

Principales delitos económicos y sus penas

Estafa (art. 248-251 bis CP)

Pena básica: prisión de 6 meses a 3 años. Tipo agravado (cuantía superior a 50.000 euros, abuso de credibilidad o perjuicio a múltiples víctimas): prisión de 1 a 6 años. La estafa informática, el fraude en inversiones y la estafa procesal son modalidades especialmente perseguidas.

Apropiación indebida (art. 253-254 CP)

Pena básica: prisión de 6 meses a 3 años. Tipo agravado (cuantía superior a 50.000 euros, abuso de relaciones personales): prisión de 1 a 6 años. Es habitual en casos de administradores, socios o empleados que se apoderan de fondos confiados.

Blanqueo de capitales (art. 301-304 CP)

Pena: prisión de 6 meses a 6 años y multa. El tipo agravado (pertenencia a organización criminal, bienes procedentes de terrorismo o tráfico de drogas): prisión de 1 a 6 años. El blanqueo es uno de los delitos más complejos y con mayor uso de prueba indiciaria.

Delito fiscal (art. 305-306 CP)

Pena: prisión de 1 a 5 años (tipo básico, cuota superior a 120.000 euros) o de 2 a 6 años (tipo agravado, cuota superior a 600.000 euros o estructuras complejas de fraude). Ver también nuestra página específica sobre abogado fraude fiscal.

Insolvencia punible y alzamiento de bienes (art. 257-261 bis CP)

El alzamiento de bienes — ocultación de activos para evitar el pago a acreedores — se castiga con prisión de 1 a 4 años y multa. Las insolvencias punibles vinculadas a concurso de acreedores pueden alcanzar los 6 años de prisión.

Administración desleal (art. 252 CP)

Cometida por administradores de sociedades que gestionan el patrimonio en perjuicio de sus titulares: prisión de 6 meses a 3 años (tipo básico) o de 1 a 6 años si el perjuicio supera los 50.000 euros.

Por qué los delitos económicos requieren un penalista especializado

Los casos de delito económico tienen características que los distinguen de otros procesos penales: instrucciones largas con miles de folios de documentación bancaria y contable, peritos de parte que deben rebatir los informes de la acusación, coordinación con abogados mercantiles y tributaristas, y habitual acumulación de varios delitos en un mismo expediente.

Manuel Rincón Bernal es el especialista de RINBER en delitos económicos, con particular expertise en fraude fiscal, blanqueo de capitales ante la Audiencia Nacional y estafas complejas. Su intervención en la fase de instrucción — antes de que el caso llegue a juicio oral — determina en gran medida el resultado final.

Preguntas frecuentes sobre delitos económicos

¿Cuándo prescribe un delito económico?

Depende de la pena máxima: delitos con pena máxima de 5 años prescriben a los 5 años; con pena máxima entre 5 y 10 años, a los 10 años. El blanqueo de capitales y el fraude fiscal agravado tienen plazo de prescripción de 10 años.

¿Puedo ser investigado por un delito económico sin saberlo?

Sí. La instrucción penal puede prolongarse años antes de que el investigado reciba la primera citación judicial. Es habitual descubrir la investigación cuando se producen embargos preventivos de cuentas o bienes, lo que acelera la necesidad de actuar.

¿Se puede acordar la conformidad en delitos económicos?

Sí. En muchos casos la conformidad — aceptar los hechos a cambio de una reducción de la pena — puede ser la mejor estrategia si las pruebas son sólidas y la pena acordada es suspendible. RINBER negocia las conformidades más ventajosas posibles para el cliente.

¿Está siendo investigado por un delito económico? Llame ahora al 627 467 043. RINBER Abogados — expertos en delitos económicos en España desde 1999.

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