¿Qué penas pueden imponerse a un menor de edad?



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La Ley Orgánica de Responsabilidad Penal del Menor regula qué penas se pueden imponer a un menor de edad. Por otro lado, el Código Penal establece que todo delito tipificado en la ley cometido por un menor conlleva una responsabilidad penal, pero con condiciones especiales. 

 La responsabilidad penal del menor se exige desde el momento que comete un hecho delictivo y de acuerdo a la edad del autor. Pero la edad que tenga el menor determina la responsabilidad penal y el régimen jurídico que le corresponde.

¿Qué penas pueden imponerse a un menor de edad?
¿Qué penas pueden imponerse a un menor de edad?.

¿Cómo se puede imponer las penas a un menor de edad?

La Ley Orgánica 5/2000, con fecha 12 de enero es la encargada en España de regular la responsabilidad penal del menor. Esta ley se aplica para exigir la responsabilidad de las personas menores de dieciocho años, pero mayores de catorce años por cometer hechos tipificados como faltas o delitos en las leyes penales o en el Código Penal.

El ordenamiento jurídico español considera que a partir de los 14 años las personas son imputables. Pero por razones político criminales se considera que no es necesario que se apliquen las mismas consecuencias jurídicas que se imponen a los adultos.

La ley de responsabilidad penal del menor (LORPM) establece un rango de edad entre los 14 y los 18 años. En el cual a los menores se les declara responsables penalmente, pero se les aplica un régimen jurídico especial. 

El artículo 19 del vigente Código Penal establece que la mayoría de edad penal es a los dieciocho años. Además, exige la regulación expresa de la responsabilidad penal del menor de dicha edad de acuerdo con la ley penal del menor con una Ley independiente.

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La Ley Orgánica de la responsabilidad penal de los menores establece que la edad mínima para ser sancionado con pena de prisión en España es de 18 años. Esto no quiere decir que los menores no tienen responsabilidad penal, sólo que las sanciones son diferentes.

La ley también dispones que los menores de 14 años, no tienen responsabilidad penal. Pero sus padres o tutores están obligados a hacer frente a una sanción monetaria patrimonial.

¿Cuáles son las penas que pueden imputar a un menor?

Las sanciones o penas por responsabilidad penal que se imponen a un menor en España tienen un objetivo educativo y preventivo. Debido a esto y de acuerdo con la gravedad, se aplican o no medidas privativas de la libertad.

Los menores entre 14 y 18 años, son imputables que responden ante la justicia en un procedimiento especial de acuerdo con el tipo y gravedad del delito. Se les puede imponer desde sanciones económicas o enviarlo a un centro de internamiento cerrado. 

El procedimiento judicial se realiza en los Juzgados de Menores y es considerado agravado el rango que va entre 16 y 18 años. Algunas de las penas que se pueden imponer a un menor de edad son: 

Asistencia a un centro de día

Los menores que sean sometidos a esta sanción residirán en su domicilio habitual y acudirán de día a un centro. Para realizar actividades formativas, educativas, de apoyo, de ocio o laborales.

Internamiento en régimen abierto

Los jóvenes sometidos a esta medida tendrán el centro como domicilio habitual y debe cumplir con el régimen interno y programas. Pero realizará todas las actividades del proyecto educativo en los servicios normalizados del sector.

Internamiento en régimen cerrado

Cuando se establece esta medida las personas deben residir en el centro y desarrollar en el mismo actividades educativas, formativas, de ocio y laborales.

Asistencia a centros para tratamiento ambulatorio

Los menores que se les impone esta pena deben asistir al centro establecido de acuerdo como lo establezcan los facultativos que le atienden. Además, debe cumplir con las indicaciones indicadas para el adecuado tratamiento de la alteración o anomalía psíquica, adicción a drogas tóxicas, al consumo de bebidas alcohólicas o sustancias psicotrópicas.

Internamiento en régimen semiabierto

Los menores que son sometidos a esta sanción deben residir en el centro, pero las actividades educativas, formativas, de ocio y laborales las realizan fuera del mismo.

Libertad vigilada

Los menores que son sometidos a esta medida se les debe hacer un seguimiento de sus actividades. Como es la asistencia al centro de formación profesional, al lugar de trabajo o a la escuela, según sea el caso.  Tratando de ayudarlo a superar los factores que determinaron la infracción cometida.

¿Cuál es el tiempo de duración de las penas que se pueden imponer a un menor de edad?

La duración de la pena la determinan ciertos factores como la gravedad del delito, la edad del menor y sus circunstancias personales. El artículo 9.3 de la Ley Orgánica de la responsabilidad penal de los menores establece que la duración de la pena no puede exceder de dos años. 

Las penas que se imponen son las siguientes: 

A los menores de 16 años, se les impone 100 horas o un máximo de 2 años en las prestaciones que se hagan en beneficio social. Para este tipo de permanencia se imponen ocho fines de semana.

Para los mayores de 16 años se les aplica la misma pena. Pero en los casos que exista intimidación o violencia o represente un grave riesgo para las personas, el Juez podrá ordenar internamiento cerrado con penas complementarias por dos años más.

¿Qué penas se pueden imponer a un joven?

El artículo 1 de la Ley Orgánica de la responsabilidad penal de los menores establece que las personas mayores de dieciocho años y menores de veintiuno son jóvenes. Por otro lado, el artículo 69 del Código Penal establece que la persona mayor de 18 años, pero menor de 21 que cometa un delito se le puede aplicar lo que es disponga la Ley Orgánica de la responsabilidad penal de menores.

Para ello se toma en cuenta el grado de madurez del quien comete el supuesto delito y algunas circunstancias particulares. Pero sólo en los siguientes casos:

Cuando el delito cometido se clasifica como menos grave o leve y que no atente contra la vida ni la integridad física de las personas.

La persona acusada no haya sido juzgada anteriormente en hechos delictivos siendo mayor de 18 años.

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