Resolvemos las preguntas más frecuentes sobre los delitos sexuales en España, incluida la reforma de la «Ley del Solo Sí es Sí» (LO 10/2022). Para una defensa personalizada, llame a RINBER Abogados al 952 22 14 16.
Preguntas frecuentes sobre delitos sexuales
¿Qué cambió con la «Ley del Solo Sí es Sí»?
La LO 10/2022 suprimió la distinción entre agresión sexual y abuso sexual, unificando ambas figuras bajo el concepto de agresión sexual. Toda conducta sexual sin consentimiento expreso es ahora agresión, independientemente de si hubo violencia o intimidación. La ley también bajó el marco penal en algunos supuestos, lo que permitió revisiones de condenas ya dictadas (confirmadas por el Tribunal Supremo).
¿Pueden condenarme solo por la palabra de la víctima?
El Tribunal Supremo admite que la declaración de la víctima puede ser suficiente para condenar si reúne tres requisitos: ausencia de móvil espurio, coherencia interna del relato y persistencia en la incriminación. Sin embargo, una defensa técnica puede impugnar estos elementos y demostrar contradicciones, falta de corroboración objetiva o existencia de motivo para la denuncia falsa. RINBER ha conseguido absoluciones en casos con este escenario.
¿Qué hago si me notifican que soy investigado por delito sexual?
No haga ninguna declaración antes de consultar con un abogado penalista. No borre mensajes ni conversaciones (pueden ser prueba de descargo). No contacte con la denunciante. Llame a RINBER al 952 22 14 16 inmediatamente: actuamos desde el primer momento para proteger sus derechos durante la instrucción.
¿Tienen prescripción los delitos sexuales?
Los delitos sexuales graves prescriben a los 15 años; los menos graves, a los 10 años. Cuando la víctima es menor de edad, el cómputo no empieza hasta que cumple 18 años. Esto permite investigar hechos ocurridos décadas atrás. La prescripción requiere análisis jurídico preciso en cada caso.
¿Qué es la libertad vigilada y cuándo se aplica?
La libertad vigilada es una medida de seguridad que se cumple después de la pena de prisión: presentaciones periódicas, restricciones de residencia, prohibición de acercarse a la víctima o a centros con menores. Es obligatoria para condenados por delitos contra la libertad e indemnidad sexual. Su duración va de 5 a 10 años según el delito.
¿Puede el juicio celebrarse a puerta cerrada?
Sí. En delitos contra la libertad sexual, el juez puede acordar que el juicio oral se celebre total o parcialmente a puerta cerrada para proteger la intimidad de la víctima (art. 680 LECrim). Esto no afecta al derecho de defensa ni a la publicidad de la sentencia.
¿Qué es el RDSEX?
El Registro Central de Delincuentes Sexuales (RDSEX) inscribe las condenas por delitos sexuales. La inscripción implica la prohibición de acceder a empleos con contacto habitual con menores (docencia, monitores, etc.). Es una consecuencia permanente de la condena que va más allá de la pena de prisión y tiene un impacto profesional y social enorme.
¿Tiene más preguntas sobre delitos sexuales? Llame a RINBER Abogados al 952 22 14 16. Primera consulta gratuita.
¿Necesita defensa en este tipo de casos? Consulte nuestra página de Defensa en Delitos Sexuales o llame al 627 467 043.
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Javier Rincón Bernal
Abogado Penalista — Socio Director
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⚖️ Narcotráfico · Agresión Sexual · Extradición
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Manuel Rincón Bernal
Abogado Penalista — Especialista en Extradición
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