El Código Penal establece dos tipos del delito de estafa en función de su cuantía económica. Si la cantidad estafada u objeto del delito de estafa es inferior a cuatrocientos euros estaremos ante un delito leve de estafa
El primer delito de estafa sin antecedentes penales es más fácil de defender que si el autor cuenta ya con antecedentes penales, o dicho de otra manera, es más difícil defender a alguien que haya sido condenado otras veces.
Las penas de cárcel por delito de estafa en su tipo básico van desde los seis meses de prisión a los tres años de prisión. Lógicamente estamos hablando de la consideración del delito. Ya comentamos que el delito leve de estafa supone una pena de multa económica.
Se puede agravar la pena de cárcel por delito de estafa. En general, todos los delitos se pueden agravar si concurren agravantes. En el código penal, más concretamente en los artículos doscientos cuarenta y ocho y siguientes.
Se puede atenuar la pena de cárcel por delito de estafa al igual que se puede atenuar cualquier delito.
Lo primero que hay que hacer si me han estafado es interponer una denuncia en la Guardia Civil, Policía Nacional o, incluso, en el Juzgado de Guardia. Nuestra recomendación primordial, es antes de interponer denuncia, es contactar con un Abogado Especialista en Penal para que le de un asesoramiento previo y así iniciar el proceso penal con las mayores garantías de éxito que culminen con la recuperación de la cantidad estafada. Otros delito contra el patrimonio son el robo y el hurto.