La gran mayoría creen que el delito de agresión sexual y el de violación son los mismo. Incluso algunos Abogados Penalistas confunden ambas conductas delictivas.
Ambos delitos son delitos contra la integridad sexual del ciudadano o también conocido en el ámbito penal como víctima pero los especialistas de la Firma adelantan que la conducta del delito de violación es mucho más grave que el delito de agresión sexual.
De alguna medida el delito de violación es un delito de agresión sexual agravado.
¿Qué se entiende por Agresión sexual?
Por delito de agresión sexual se entiende la conducta, que conlleva violencia o intimidación frente a la víctima, y que atenta frente a su libertad sexual. En orden a la graves se coloca en segundo lugar toda vez que no conlleva acceso carnal con la víctima, ya sea bucal, anal o vaginal. El delito de agresión sexual se contiene dentro del grupo de delitos que contravienen la integridad sexual de una persona.
¿Cuál es la pena de cárcel por delito de Agresión Sexual?
La pena de prisión por delito de Agresión Sexual según nuestro Código Penal va de un año a cinco años de prisión. Lógicamente esta horquilla es la que corresponde al tipo básico. Si a la conducta que completa el delito de agresión sexual le añadimos posibles agravantes la pena de cárcel puede verse notablemente incrementada.
Por ejemplo si el autor con carácter previo al delito de agresión sexual, narcotizó a la víctima, el castigo en forma de años de cárcel se va a ver incrementado ya que la horquilla que hemos señalado es la básica. Cuente con la experiencia de nuestros Abogados Especialistas en Agresiones Sexuales para defender su expediente penal.
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¿Qué se entiende por Violación sexual?
Por delito de violación sexual se entiende una conducta que atenta contra la libertad sexual de una persona qué además de violencia o intimidación, o las dos, conlleva la la penetración en la boca, vagina o ano de objetos, dedos o penetraciones.
Dentro del grupo de delitos que atentan contra la integridad sexual es el más grave de todos ellos. Es el que provoca más daño a la víctima y como consecuencia de ellos es el que más años de cárcel supone para su autor.
Por ejemplo si el autor echa algo en la bebida de su víctima para reducir su capacidad de defensa la conducta se agrava y el número de años de cárcel se verá notablemente incrementado. Así lo señalan nuestros expertos.
¿Cuál es la pena de cárcel por delito de Violación Sexual?
La pena de prisión por delito de Violación Sexual según nuestro Código Penal va de seis años de cárcel a doce años de cárcel. Lógicamente esta horquilla es la que corresponde al tipo básico.
Si a la conducta que completa el delito de violación sexual le añadimos posibles agravantes la pena de cárcel puede verse notablemente incrementada. Recordemos ejemplos como la manada militar dónde el acto de violación se cometió por varias personas lo que supone la reducción de la posibilidad de defensa de la víctima.
¿Qué tipo de delito es una Violación sexual?
Un delito de violación sexual es un tipo de delito que se contiene en el grupo de ellos que atenta contra la libertad sexual de las personas.
Según nuestros Abogados Expertos en Derecho Penal, en el código penal español se establece dentro del grupo de los que están más gravemente penados entendiendo con ello de los que más pena de cárcel conlleva.
No en vano el tipo básico de delito de violación sexual supone una condena a cárcel que va desde los seis años de cárcel a los doce. Señalan nuestros expertos que su tipo básico llega a los doce años de prisión pero que si se le añade algún tipo de agravante el número de años puede aumentar de una forma importante.
Valga como ejemplo el ejercer el delito de violación entre varias personas habiendo drogado a la víctima. En este supuesto la eventual condena supera ese número de años de cárcel. Así lo entienden nuestros especialistas en la materia.
¿Cuántos años son de cárcel por Violación sexual?
Según el Código Penal Español, por un delito de violación sexual los años de cárcel que conllevan van, es su tipo básico de seis a doce años de prisión. Esta será la horquilla siempre que no haya alguna atenuante o agravante. En este último caso si concurriera alguna agravante el número de años de prisión podría aumentar notablemente, así lo señalan los Abogados Especialistas de la Firma.
¿Cuál es el bien jurídico protegido en un delito de violación sexual?
En un un delito de violación sexual el bien jurídico protegido es el de la libertad e indemnidad sexual tal y como establece el Código Penal. Pero no debemos dejar atrás la integridad moral y física de la víctima toda vez que son delitos que conllevan, en su mayoría de casos lesiones físicas y psicológicas fruto de la violencia e intimidación que suponen estas conductas.
¿Qué diferencia a la Agresión Sexual de la Violación?
En la Agresión sexual y en la violación concurren la violencia o la intimidación. Además en la violación concurre la penetración en la boca, vagina o ano de objetos, dedos o penetraciones. Según nuestros Abogados Especialistas en Agresión Sexual y Violación el delito de violación es, en suma, más grave que el de agresión sexual.
¿Cuáles son los tipos de Delitos Sexuales?
Los Delitos Sexuales contemplados en el Código Penal Español son el delito de acoso sexual, el delito de abuso sexual, el delito de agresión sexual, el delito de violación y el delito de prostitución. Los delitos sexuales se incluyen en el apartado del código penal como delitos contra la integridad sexual del ciudadano.
¿Qué penas o castigos se aplican a los delitos sexuales?
Las penas o castigos que se aplican a los delitos sexuales en el código penal español van, en sus máximas, desde los cinco meses de prisión por el delito de acoso sexual a los doce años de prisión por el delito de violación. En medio de estas dos cantidades de años de cárcel por delito sexual se incluyen los delitos de abusos sexuales, delito de agresión sexual.
¿Cuándo caduca un delito sexual?
Por lo general, un delito sexual caduca a los veinte años cuando la pena que corresponde a ese delito no exceda de esos veinte años. En el caso del delito de abuso sexual caducará a los quince años. Es decir, la gran mayoría de los delitos sexuales más graves tienen este periodo de vigencia. Los Abogados Expertos de la Firma, utilizan más el concepto prescripción del delito sexual que el de caducar porque es más acertado.
Es necesario el conocer que el plazo para que la posibilidad de denunciar caduque o prescriba comienza desde que la víctima obtenga la mayoría de edad. Toda duda o cuestión sobre la posibilidad de ejercer la acusación o defensa por un delito sexual cuente con la experiencia de nuestros Abogados Expertos en Penal.