Supuestos en los que no se entra en prisión



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El código penal cuenta con una gran cantidad de leyes que puede llevar a una persona a prisión, sin embargo, existen supuestos en los que no se entra en prisión, en los cuales puedes evitar la pena de cárcel

Esto sucede normalmente cuanto la condena es realmente pequeña, en la cual, el acusado puede librarse de cualquier pena de prisión. Para que esto suceda, el juez debe tomar ciertas consideraciones en cuanto al delito y por supuesto, también debes tomar en cuenta la pena y el entorno en el que se cometió el delito. 

Supuestos en los que no se entra en prisión
Supuestos en los que no se entra en prisión

¿Qué toma el juez en cuenta para tomar este tipo de decisiones?

Esta decisión solo puede ser tomada por el juez, para la misma se tomará en cuenta los siguientes aspectos y situaciones. 

  1. El esfuerzo realizado para reparar el daño o delito que fue realizado. Este es un punto importante, puesto que mediante acciones el mismo puede reflejar cierto arrepentimiento del crimen que cometido. 
  2. El entorno del delito es parte fundamental para la toma de la decisión, esto incluye las personas o algún otro hecho que pudo llevar al acusado cometer este delito.  
  3. Las actitudes psicológicas y sociales del individuo pueden ser un factor determinante para que el mismo ingrese o no a prisión. De igual forma puede disminuir la cantidad de tiempo en prisión. 
  4. Sus antecedentes penales serán de gran importancia, normalmente se puede 
  5. Sus circunstancias familiares y sociales.

¿Cuáles son las condiciones necesarias para dejar en suspenso la pena?

Ahora bien, ya sabemos lo que un juez valora para poder eliminar la pena o al menos postergarla, sin embargo, la ley nos otorga diferentes condiciones para que se pueda dar el suspenso la pena. 

La primera condición que podemos mencionar, es que el condenado haya delinquido por primera vez. Estos también van de la mano con el tipo de delito que se condene. 

El segundo lugar, tenemos la cantidad de tiempo que representa la pena de prisión. Si la misma no supera los 2 años, la misma puede ser pagada de otra forma sin privar de libertad al condenado. 

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Por último, pero no menos importante, están el pago de la pena en forma monetaria, esta es bastante común cuando el delito es pequeño y de baja condena. 

¿Qué nos dice el artículo 80 del código penal?

Este artículo expresa todas y cada una de las condiciones para que se pueda evitar la pena, entre estas tenemos:

“1. Los jueces o tribunales, mediante resolución motivada, podrán dejar en suspenso la ejecución de las penas privativas de libertad no superiores a dos años cuando sea razonable esperar que la ejecución de la pena no sea necesaria para evitar la comisión futura por el penado de nuevos delitos.

2. Excepcionalmente, aunque no concurran las condiciones 1.ª y 2.ª del apartado anterior, y siempre que no se trate de reos habituales, podrá acordarse la suspensión de las penas de prisión que individualmente no excedan de dos años cuando las circunstancias personales del reo, la naturaleza del hecho, su conducta y, en particular, el esfuerzo para reparar el daño causado, así lo aconsejen.

4. Los jueces y tribunales podrán otorgar la suspensión de cualquier pena impuesta sin sujeción a requisito alguno en el caso de que el penado esté aquejado de una enfermedad muy grave con padecimientos incurables, salvo que en el momento de la comisión del delito tuviera ya otra pena suspendida por el mismo motivo”

Como podemos ver, todo esto se encuentra previsto en la ley, por lo que puedes usarlo en cualquier momento. 

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