Los profesores admiten la doble naturaleza de la eximente del estado de necesidad:
En caso de conflicto de intereses desiguales; el estado de necesidad es una causa de justificación; En este caso el fundamento es el principio del interés preponderante.
En caso de que los intereses en juego sean iguales; el estado de necesidad es una causa de exculpación; en este caso el fundamento es la no exigibilidad de obediencia a la norma. La ponderación de intereses incluirá el respeto a la dignidad.
Por ejemplo: la conducta del cirujano que extrae un riñón para salvar la vida de un tercero en ningún caso podrá ser amparada por la causa de justificación, pues la ponderación de intereses no permite hablar de que el mal causado sea menor que el que se trataba de evitar, ya que incluimos en la ponderación la vulneración de la dignidad humana cometida.