Todo Sobre los Delitos Sexuales Penales y sus Condenas a Cárcel



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Expertos Penalistas señalan que los delitos sexuales penales son todos aquellos regulados en el código penal que atentan a la libertad e integridad sexual de una persona. Existen regulados conductas delictivas de contenido sexual contra mayores de edad y contra menores de edad.

Las condenas a cárcel de los delitos sexuales contra menores de edad serán más graves que los delitos sexuales contra mayores de edad.  

Los Letrados de la Firma son Especialistas en Penal y, por medio del presente artículo, van a explicarles, todos los delitos sexuales penales y sus condenas a cárcel de manera pormenorizada, tanto de aquellos cometidos contra mayores de edad como aquellos cometidos contra menores de edad. 

Los delitos de contenido sexual que se establecen en el código penal son el delito acoso sexual, el delito abuso sexual, el delito de agresión sexual, el delito de violación y el delito de prostitución

Delitos Sexuales

¿Qué son los delitos sexuales?

Los delitos sexuales son el conjunto de conductas, de carácter sexual, que se contienen en el código penal que hacen a su autor merecedor de una condena de prisión cuyo número de años va en función de la gravedad de la misma. Este conjunto de artículos del código penal castiga conductas de sus autores frente a las víctimas y qué, lógicamente, atentan frente a la libertad sexual de un ciudadano. En el código penal español las condenas establecidas para las conductas delictivas de contenido sexual conllevan un importante número de años de cárcel, es por ello por lo que es, fundamenta, contar con un Abogado Experto en Penal.  

Delito de Acoso sexual

El delito de acoso sexual supone que el autor realiza una solicitud a otra persona de un acto de contenido sexual. Esta propuesta de contenido sexual lo puede ser para el autor o para un tercero. Es habitual que el delito de acoso sexual suceda en el ámbito laboral o académico y tiene que tener reiteración u constancia en el tiempo y provoque en la persona receptora una intimidación. Como ejemplo de delito de acoso sexual puede ser la que un Jefe propone a una trabajadora que le practique una felación. 

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De todas las conductas que antes señalábamos como contrarias a la libertad sexual, el delito de acoso sexual es el de menor entidad. No queremos decir con esto que no sea grave ni importante, todo lo contrario. Es un delito tan grave como el que más pero, en relación al número de años de cárcel que suponen los delitos de esta tipo es el de menor calado. 

Pena de cárcel por delito de Acoso Sexual

Las Penas de cárcel por delito de acoso sexual van de 3 meses de prisión a 5 meses de prisión y se recogen en el código penal puede ser de multa de seis meses a diez meses a razón, habitualmente de diez o quince euros diarios que nos darán una horquilla aproximada de 2.700 Euros a 4.500 Euros.

Delito de Abuso Sexual

El delito de abuso sexual es la conducta penal de carácter sexual llevada a cabo por su autor frente a una persona sin ejercer violencia y sin el consentimiento de esta persona para ello. Lógicamente el delito de abuso sexual agrede la esfera íntima de una persona y en consecuencia atenta contra su libertad sexual de forma directa.

Como ejemplo de delito de abuso sexual típico es del Profesional Sanitario que aprovechando que su víctima está anestesiada realiza tocamientos en sus zonas geniales. Es obvio que no hay violencia en la acción del delito de abuso sexual y tampoco hay prestación de consentimiento para la realización de esos tocamientos por parte de la víctima que está inconsciente.

También se considerará delito de abuso sexual el cometido por el autor frente a su víctima a la que previamente ha drogado o narcotizado para evitar su negativa al acceso sexual. Los anteriores ejemplo lo son de delito de abuso sexual sin acceso carnal, que viene a significar delitos en donde el autor no realiza penetración anal, bucal o vaginal a la víctima.

Por el contrario si el delito de abuso sexual consiste, además, en acceso  anal, bucal o vaginal a la víctima estaríamos hablando de un delito de abuso sexual con acceso carnal y el número de años de cárcel para su autor se aumenta de una forma más que considerable. 

Pena de cárcel por delito de abuso sexual

Las Penas de cárcel por delito de abuso sexual van de 1 año de prisión a 3 años de prisión y se recogen en el código penal puede ser de multa de dieciocho meses a veinticuatro meses a razón, habitualmente de diez o quince euros diarios que nos darán una horquilla aproximada de 5.400 Euros a 10.800 Euros. 

Agresión Sexual y Violación

En los delitos de agresión sexual y delito de violación es requisito indispensable la violencia o la intimidación del autor frente a la víctima. Según nuestros Abogados Especialistas en Penal, cuando hablamos de delito de agresión sexual y delito de violación nos encontramos ante los delitos de mayor gravedad de todos los señalados en el código penal como delitos contra la libertad sexual de un ciudadano.

Si antes decíamos que el delito de acoso sexual era el de menor entidad, éstos son los de mayor entidad en relación al número de años de cárcel que conllevan.

 Mientras el delito de agresión sexual consiste en atentar a la libertad sexual de una persona usando violencia o intimidación, el delito de violación además conlleva el acceso vaginal o anal o por la boca introduciendo por ellos dedos, manos o también objetos.

Existen reflejados en el código penal una serie de elementos que agravan la conducta del delito de agresión sexual y el de violación. Los Abogados Especialistas en agresiones sexuales y violaciones de la Firma indican que estas agravantes puede ser cuando se actúe a través de varios individuos, si la víctima está mermada o no puede defenderse o si se ejerce un abuso de superioridad o es un familiar.

¿Diferencia entre la agresión sexual y la violación?

La violación es una forma agravada que conlleva más años de cárcel que la agresión sexual. La agresión sólo conlleva violencia o intimidación y la violación el acceso a la boca, vagina o boca introduciendo dedos, manos u objetos dentro de la víctima.

Pena de cárcel por delito de agresión sexual y violación

Las Penas de cárcel por delito de agresión sexual van de 1 año de prisión a 5 años de prisión.Las Penas de cárcel por delito de violación van de 6 años de prisión a 12 años de prisión.

Delito de Prostitución

Se entiende por delito de prostitución al hecho de que una persona mediante engaño, violencia o intimidación obligue a otra a venderse sexualmente en contra de su voluntad. EL Código Penal y la Jurisprudencia señalan que hay delito de explotación sexual cuando la víctima de los hechos se encuentra en una situación de necesidad económica o difícil situación social.

Es obvio que las condenas de prisión serán más graves si el autor se ha prevalido de una situación de superioridad para ejercer el hecho de someter a una persona a la prostitución en contra de su voluntad. 

Pena de cárcel por delito de prostitución

Las Penas de cárcel por delito de prostitución van de 2 años de prisión a 5 años de prisión y van de 2 años de prisión a 4 años de prisión para el que se lucre por la explotación de prostitución

Delitos de Abusos sexuales, Agresiones sexuales y Violación a menores de 16 años

Comete delito de abusos sexualesa menores de dieciséis años aquel que realice actos de carácter sexual. El delito de abuso sexual está castigado con una pena de cárcel de 2 a 6 años de prisión

Comete delito de agresión sexuala menores de dieciséis años aquel que con violencia o intimidación realice actos de carácter sexual. El delito de agresión sexual está castigado con una pena de cárcel de 5 a 10 años de prisión.

Comete delito de violacióna menores de dieciséis años aquel que con violencia o intimidación realice tenga acceso sexual a menor de 16 años a través a la boca, vagina o boca introduciendo dedos, manos u objetos dentro de la víctima. El delito de agresión sexual está castigado con una pena de cárcel de 12 a 15 años de prisión.

Tendrás mayor castigos estas conductas su el culpable o culpables on más de dos personas. También si el culpable se ha aprovechado de una situación de superioridad, si se ha puesto en riesgo la vida de los menores y se les ha drogado. Igualmente si se forma parte de una Organización Criminal.  

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