Resolvemos las dudas más frecuentes sobre la asistencia letrada al detenido y los derechos en el momento de la detención en España. Si han detenido a un familiar, llame a RINBER Abogados al 952 22 14 16 ahora mismo — disponibles 24 horas.
Preguntas frecuentes sobre asistencia letrada al detenido
¿Qué derechos tiene una persona detenida?
El art. 520 LECrim garantiza: derecho a ser informado de los hechos imputados, a guardar silencio, a no declarar contra sí mismo, a designar abogado de su elección y a comunicarse reservadamente con él, a que se notifique la detención a un familiar, a ser reconocido por el médico forense, a intérprete si no comprende el español, y a ser puesto a disposición judicial en un máximo de 72 horas.
¿Cuánto tiempo puede la policía retenerme?
El plazo máximo de detención policial es de 72 horas (art. 17.2 CE). Pasado ese plazo, la policía debe poner al detenido en libertad o ante el juez. En delitos de terrorismo, puede prorrogarse 48 horas más con autorización judicial. Si se supera el plazo sin comparecencia judicial, procede el habeas corpus para obtener la inmediata liberación.
¿Debo declarar ante la policía si me detienen?
No. Tiene derecho a guardar silencio ante la policía y ante el juez. El silencio no puede interpretarse como prueba de culpabilidad (art. 24.2 CE). En la mayoría de los casos RINBER recomienda no declarar en comisaría hasta conocer exactamente los cargos y las pruebas existentes. Declarar precipitadamente puede perjudicar gravemente la defensa.
¿Puedo elegir a mi abogado o me asignan uno de oficio?
Tiene pleno derecho a designar el abogado de su elección desde el momento de la detención. Si no designa ninguno, el Colegio de Abogados asigna uno del turno de guardia. RINBER recomienda designar un penalista de confianza desde el primer momento: el abogado de guardia puede ser eficaz, pero no dispone de tiempo para preparar una estrategia de defensa sólida en las primeras horas críticas.
¿Qué pasa si la policía me interroga sin abogado?
Cualquier declaración prestada sin asistencia letrada durante la detención es nula de pleno derecho y no puede usarse como prueba en el juicio. RINBER solicita la nulidad de todas las diligencias practicadas sin las garantías legales. Es un derecho irrenunciable en la práctica totalidad de los casos.
¿Cómo saber dónde está detenido un familiar?
Puede llamar a la comisaría o cuartel de la Guardia Civil más cercano al lugar donde se produjo la detención. También puede consultar el sistema de localización del Ministerio de Interior (para detenciones en Madrid). Si no lo localiza, RINBER hace las gestiones necesarias para localizar al detenido y personarse en el lugar de detención en el menor tiempo posible.
¿Qué es el habeas corpus?
El habeas corpus (LO 6/1984) es un procedimiento urgentísimo para controlar la legalidad de cualquier detención. Se resuelve en pocas horas. Procede cuando la detención supera los plazos legales, se lleva a cabo sin los requisitos formales o vulnera los derechos del detenido. RINBER lo interpone cuando es necesario para obtener la inmediata liberación del cliente.
¿Han detenido a un familiar? Llame ahora a RINBER Abogados al 952 22 14 16. Actuamos en las primeras horas.
¿Necesita defensa en este tipo de casos? Consulte nuestra página de Asistencia Letrada al Detenido o llame al 627 467 043.
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